
Cuando se busca información sobre la edad de consentimiento en España, es común encontrar una mezcla confusa de normativas penales y civiles. Sin embargo, si eres propietario de un negocio, responsable de una web o gestionas una base de datos, hay una cifra crítica que debes grabar a fuego en tus protocolos: los 14 años.
Desde la perspectiva de la neurociencia, el cerebro humano busca patrones claros para sentirse seguro. La ambigüedad legal genera estrés y parálisis en la toma de decisiones empresariales. En Allover Consultors, expertos en blindaje jurídico y adaptación al RGPD, queremos eliminar esa incertidumbre. No se trata solo de cumplir la ley, sino de proyectar una imagen de integridad y responsabilidad que fidelice a tus clientes, especialmente cuando tratas con el activo más sensible: los datos de menores.
A menudo, el concepto de "edad de consentimiento" se asocia instintivamente con el Código Penal y la libertad sexual (actualmente fijada en 16 años en España). Sin embargo, en el ecosistema empresarial y digital, la normativa que rige tu día a día es la LOPDGDD (Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales).
Según el artículo 7 de esta ley, la edad de consentimiento en España para el tratamiento de datos personales se sitúa en los 14 años.
Esto tiene una implicación directa y binaria para tu empresa:
Aquí es donde muchas empresas fallan. No basta con poner una casilla de "Tengo más de 14 años". El principio de responsabilidad proactiva del RGPD exige que el responsable del tratamiento haga "esfuerzos razonables" para verificar que el consentimiento es válido.
Si tu modelo de negocio atrae a menores (apps de juegos, academias, tiendas de moda joven) y no tienes un sistema de verificación de edad o de recaba de autorización paterna, estás operando en una zona de alto riesgo. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es especialmente severa con las infracciones que involucran a menores, dado que se consideran colectivos vulnerables.
Para evitar confusiones que puedan derivar en errores legales, es vital distinguir los ámbitos:
| Ámbito Legal | Edad de Consentimiento | Normativa de Referencia |
|---|---|---|
| Protección de Datos (Digital) | 14 años | LOPDGDD (Art. 7) |
| Libertad Sexual | 16 años | Código Penal |
| Mayoría de Edad Civil | 18 años | Constitución Española / Código Civil |
Como ves, un adolescente de 15 años tiene capacidad legal para permitir que Instagram use sus datos (14 años), pero no para consentir legalmente una relación sexual con un adulto de confianza o figura de autoridad bajo ciertos contextos penales estrictos (16 años). Como empresa, tu foco debe estar en el umbral de los 14.
El tratamiento de datos de menores requiere un nivel de diligencia superior. La información debe ser facilitada en un lenguaje claro y sencillo, accesible para el menor. Un aviso legal denso e incomprensible puede anular la validez del consentimiento.
Contar con una consultoría especializada como Allover Consultors te permite implementar:
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A continuación, resolvemos las dudas más frecuentes que aparecen en los buscadores sobre este tema, clarificando los matices legales.
En España, la edad mínima para que un menor pueda prestar consentimiento por sí mismo para el tratamiento de sus datos personales es de 14 años. Por debajo de esa edad, es obligatorio obtener el consentimiento de los padres o tutores legales.
El concepto varía según el ámbito. En el ámbito sanitario, por ejemplo, la Ley de Autonomía del Paciente establece los 16 años como norma general para el consentimiento informado (salvo excepciones de grave riesgo). En el ámbito de protección de datos, como hemos mencionado, la capacidad para consentir el tratamiento de la información personal se adquiere a los 14 años.
Depende del tipo de documento. Un menor de edad no emancipado tiene limitada su capacidad de obrar. Sin embargo, a partir de los 14 años pueden firmar ciertos documentos relacionados con sus derechos de personalidad (como la protección de datos) o contratos sencillos propios de su edad conforme a los usos sociales. Para contratos laborales, la edad mínima es 16 años (con autorización). Para contratos mercantiles complejos, se requieren 18 años o estar emancipado.
El término es polisémico. Si nos referimos al consentimiento sexual, la edad es de 16 años tras la reforma del Código Penal (Ley del "solo sí es sí"). Si nos referimos al consentimiento para el uso de datos personales e internet, la edad es de 14 años. Es crucial no mezclar ambos conceptos al establecer las políticas de cumplimiento normativo de una empresa.
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